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Seguros:

 

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Nuevo boletin de adhesion arqueologos 2009

Extracto de condiciones de la poliza

 

 

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Solicitud de adhesión (DOC)

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PROFESIONALES:


Comisión de Peritos Judiciales

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SECCIONES PROFESIONALES


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JURIDICO, LABORAL, CONTABLE Y FISCAL


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Asesoría Contable y Fiscal

 


PROFESIONALES:



Comisión de Peritos Judiciales


NORMAS GENERALES PARA LA ACTUACIÓN 


De acuerdo con el Artículo 341, de la vigente Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, los Colegios Profesionales deberán remitir al Decanato de los Juzgados de Zaragoza, Huesca y Teruel una relación de peritos judiciales, que entrará en vigor en Enero de 2005.

Los colegiados interesados deberán presentar una Solicitud, personalmente, por correo o por correo electrónico, dirigida a la Junta de Gobierno del  Colegio, ya sea para RENOVACIÓN (M-1)  o para NUEVA INSCRIPCIÓN (M-2). Se considera Nueva Inscripción, también para quien no haya renovado anualmente. Esta Solicitud deberá presentarse en el Colegio antes del 1 de octubre.

    Junto con la Solicitud, se presentarán los siguientes documentos:

  • Declaración Jurada (M-3) de no estar inhabilitado para el ejercicio profesional ni estar incurso en incompatibilidad para la actuación ante los Tribunales como Perito.
  • En caso de solicitar la inscripción en una especialidad distinta a la que figura en su titulación oficial como colegiado, deberá presentar el Titulo o Certificado postgrado u otra documentación que acredite, al menos dos años de experiencia profesional, ya que "los peritos deberán poseer el Título Oficial que corresponda a la materia objeto del Dictamen y a la naturaleza de éste, ... o personas entendidas en aquellas materias" (Art. 340.1 de la L.E.C.)
  • En el caso de Renovación no será preciso volver a presentar la documentación.

OTROS REQUISITOS

  1. Haber participado en el Seminario sobre la L.E.C. que organiza el Colegio en el mes de Octubre, con carácter gratuito para los colegiados. Este requisito puede ser sustituido por una Declaración Jurada  de haber actuado como Perito Judicial en un mínimo de dos ocasiones.
  2. Estar al corriente en el pago de las cuotas como Colegiado.
  3. En caso de ser citado por un Juzgado o por un particular para actuar como Perito, deberá comunicarlo al Colegio en un plazo no superior a diez días naturales, tanto si intervino como si rehusó a la intervención, ajustándose, en este caso, a los supuestos establecidos en la Ley. Esta comunicación irá dirigida por escrito a la Comisión de Peritos, indicando todos los datos contenidos en la citación, y en su caso, la causa de haber rehusado.
  4. Actuar siempre dentro de las Normas de nuestro Código deontológico.

Perdida de la condición de Perito

     Se perderá la condición de Perito Judicial por incumplimiento de lo establecido en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil o en estas Normas Generales.


INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LOS PERITOS JUDICIALES


     FUNCIONES:

  1. Emisión de Dictámenes, peritaciones y valoraciones.
  2. Dejar constancia del valor, autenticidad, veracidad y argumentación técnica y científica de hechos, situaciones personales y documentales para su demostración ante Tribunales de Justicia Civil o terceras personas.

     QUIENES PUEDE UTILIZAR ESTE SERVICIO:

  1. Juzgados de la Comunidad de Aragón.
  2. Asociaciones de Derecho Público o Privado.
  3. Personas individuales que deseen dejar constancia del valor, autenticidad, veracidad y argumentación técnica y científica de hechos, situaciones personales y documentales para su demostración ante terceras personas o Tribunales de Justicia Civil.

 ESPECIALIDADES:
- ARQUEOLOGÍA. - FILOLOGÍA HISPÁNICA.
- ARTE (Catalogacíón y Tasación). - FILOLOGÍA INGLESA.
- CALÍGRAFOS. - FILOSOFÍA.
- GESTIÓN DE PATRIMONIO CULTURAL. - HISTORIA.
- EDITORIALES. - MEDIADOR FAMILIAR.
- EDUCACIÓN SECUNDARIA. - MEDIO AMBIENTE.
- EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. - MUSICOLOGÍA.
- ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS. - PEDAGOGÍA.
- FILOLOGÍA CLÁSICA. - PSICOPEDAGOGÍA.
- FILOLOGÍA FRANCESA.  

    FORMA DE ACCEDER A ESTE SERVICIO

  1. En el caso de ser requeridos por el JUZGADO, son citados directamente en su domicilio, correo electrónico o telefónicamente..
  2. En caso de ser requeridos de forma particular pueden hacerlo a través del Colegio de Licenciados telefónicamente, por correo electrónico o ordinario.

    PROCEDIMIENTO PARA SU NOMBRAMIENTO:

  1. Se hará según el establecido por el Juez Decano de Aragón; es decir, por orden numérico correlativo de acuerdo con el listado remitido al Juzgado. La Comisión de Peritos Judiciales, será la responsable de su cumplimiento y seguimiento posterior.


SECCIONES PROFESIONALES


Sección de Arqueología


JURIDICO, LABORAL, CONTABLE Y FISCAL


Asesoría Jurídica


D. Carlos Baya Bellido   Tfno.. 976398111
D. Carlos Lasierra Roy  Tfno.. 976224141
Dª. Isabel María Sánchez Aparicio  Tfno.. 976391213

Asesoría Laboral


D. Pedro Gil Moreno  Tfno.. 976213894
Asesoría CICSE Tfno.. 976437500

Asesoría Contable y Fiscal


Asesoría CICSE     
Pº Mª Agustín 4-6, Casa 3, 1ºC (Edificio Ebrosa)  50004 Zaragoza   Fax 976437248      www.asesoriacicse.com  asesoria@asesoriacicse.com

 

Asesoría Pedro Gil S.L.
Pº Gran Vía 33 Dpdo., 1ºD 50006 Zaragoza  Teléfono  976213894